«ASPECTOS BÁSICOS SOBRE LA VIABILIDAD Y LA ESTRUCTURA DE UNA AUTONOMÍA LEONESA»
Estudio realizado por IAL
Julio Lago, Santiago Asenjo, Javier Callado y José Luis Prieto
PREÁMBULO
- El ámbito territorial del presente Informe es la Provincia de León
- Este punto de partida se abre a la incorporación de Zamora y Salamanca si así lo expresaran y manifestasen sus ciudadanos y cargos políticos
- Respaldo a la moción Pro Autonomía de la Región Leonesa (febrero 2022)
León 55 Ayuntamientos (50% de la población provincial) Zamora 2 Ayuntamientos Salamanca 1 Ayuntamiento
RAZONES DE UNA AUTONOMÍA LEONESA
- Necesario corregir el error histórico de 1983: unión administrativa de León y Castilla
- Considerar fallida, después de 40 años de funcionamiento, la actual Comunidad Autónoma de Castilla y León
- No existir, para una amplia mayoría de leonesas y leoneses, sentimiento de pertenencia a Castilla y León
- Mejorará nuestra capacidad de decisión y de interlocución
- Nos dará mayor capacidad financiera y mayor visibilidad territorial
¿ CÓMO SE ORGANIZARÍA EL TERRITORIO ?
- La Autonomía Leonesa Uniprovincial, cuyo modelo podría tener réplica biprovincal o triprovincial, organizaría el territorio en dos grandes Distritos Electorales y Económicos: León y Ponferrada
- Un Distrito significa elevar el estatus de una ciudad en la gestión y administración de un territorio
- No supone crear nuevas instituciones y es una decisión que compete a la propia Comunidad Autónoma
- Su creación no requiere autorización de administraciones superiores, caso del Estado español o de la Unión Europea
¿ CÓMO SERÍA EL PARLAMENTO AUTONÓMICO LEONÉS ?
El número de diputados regionales estaría comprendido entre 30 y 34,
valores menores o intermedios a los observados en Cantabria y La Rioja
- Son entre 4 y 8 representantes políticos menos frente a los 38 actuales: 25 diputados provinciales (Diputación de León) más 13 procuradores autonómicos (Cortes de Castilla y León)
- La creación de una Autonomía Leonesa uniprovincial no supondría más coste respecto a la representación política
- Por el contrario, originaría un ahorro en el gasto público de representación ciudadana
¿ CÓMO SERÍA EL CONSEJO DE GOBIERNO ?
- Administración descentralizada
- 1 Presidente autonómico con sede en León
- 1 Vicepresidente-consejero autonómico con sede en Ponferrada
- 9 Consejerías: 6 en León y 3 en Ponferrada
- Las Consejerías tendrían ámbito de actuación en toda la Comunidad Autónoma
¿ CÓMO SERÍA EL PRESUPUESTO AUTONÓMICO ?
- Variable financiera clave: la población ajustada (Ley 2009)
- Población ajustada: población total de un territorio corregida porfactores demográficos y territoriales
- Factores demográficos: población censada, población con derecho a asistencia sanitaria, población comprendida entre 0-16 años y población mayor de 65 años
- Factores territoriales: superficie y dispersión territorial
- León: 19% de la población ajustada de Castilla y León
Presupuesto de CyL, Ingresos de la Autonomía Leonesa (19%) y Fondos Provincializados por la Junta de CyL en León
- Es muy llamativa la desigualdad existente entre lo que tendría que ser (fila de
Ingresos Autonomía Leonesa) y lo que es (fila de Fondos Provincializados) - Las diferencias se sitúan entre los 877 y los 1.045 millones de euros
- Lo que podría mejorar la sanidad, la educación, los servicios sociales, la atención
a los pueblos, las carreteras, el empleo, el impulso a la actividad empresarial, la
promoción turística y demás aspectos del bienestar de los ciudadanos si se
gastara anualmente esa cantidad a mayores en la provincia de León
Coste de la Autonomía Leonesa Uniprovincial
Autonomía Leonesa Comparativa de Ingresos y Gastos Estimados
- La creación de la Comunidad Autónoma Leonesa no supondría mayor
coste financiero para el Estado - Se autofinanciaría con dos tipos de recursos
- La parte del presupuesto de la Junta de Castilla y León que correspondería
a la provincia leonesa aplicando el criterio de reparto según población ajustada - Más fondos provenientes del presupuesto de la Diputación Provincial,
administración que desaparecería, asumiendo sus funciones y competencias territoriales la nueva Comunidad Autónoma
¿ EXIGE MÁS FUNCIONARIOS UNA AUTONOMÍA LEONESA ?
- La creación de la Autonomía Leonesa no implica aumentar el personal al
servicio de las Administraciones Publicas - Se consolidarían los actuales funcionarios de la Diputación Provincial y de
la Junta de Castilla y León en la provincia de León - Cabe plantear el traslado de una parte de los funcionarios de las cúpulas
de las diez Consejerías (que ya se pagan con fondos leoneses) desde Valladolid, pasando a residir en la provincia leonesa
¿ EXISTEN VÍAS LEGALES PARA CREAR UNA AUTONOMIA LEONESA ?
Artículos de la Constitución Española que amparan la creación de una
Autonomía Leonesa
- Título preliminar, Art. 2: la Constitución “reconoce y garantiza el derecho
a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas” - Artículo 143.1 (dos vías): “en el ejercicio del derecho de autonomía las
provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas”. Expone las vías 1ª y 2ª - Artículo 144 (una vía): “Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia”. Expone la 3ª vía