El “merino regio”, “merino mayor”, el “adelantado mayor” y el “defensor”, fueron oficios creados en diversos momentos del reino, pero con un mismo denominador común. Todos hacen alusión a un funcionario con ciertas competencias políticas, judiciales o militares que hacía las veces de procurador del reino leonés frente a un órgano superior.
Procurador General del Adelantamiento
No nace el cargo de “defensor del reino” como una profesión nueva, sino que es una evolución del hasta entonces conocido como “Procurador general del adelantamiento“, cargo este que ostentaba el ilustre Gabriel Flórez Osorio y Quiñones, Vizconde de Quintanilla de Flórez (León)
Por consiguiente se analiza en este artículo las competencias, derechos y deberes relacionados con el citado oficio y su evolución hasta llegar a “defensor del Reino”.
Competencias
El “procurador general del adelantamiento” debía prestar defensa y ayuda a los pobres y lugares que lo demandasen, siempre y cuando estos no pudieran defenderse por si mismos.
Derechos
Tenía permitido contratar un alguacil o dos, que le ayudase con la tarea de recaudar 4 reales por villa o lugar del adelantamiento, en concepto de
“…trabajo que havia de tener en asistir a la defensa de todos los lugares y defender a los pobres”
Deberes
Se desconocen muchos aspectos relacionados con el deber de un procurador general del adelantamiento. No se sabe por ejemplo si estaba obligado o no a residir en el adelantamiento, si era necesario que atendiese personalmente sus competencias o por el contrario podía delegar la tarea a subordinados. Tampoco hay constancia de que tuviese que dar cuentas patrimoniales o financieras ni someterse a juicio de residencia.
Duración
Como hemos visto, tan especial título venía acompañado de unos deberes y unos privilegios, pero ¿Cuánto duraba este oficio?
Era un cargo que se concedía perpetuamente y por “juro de heredad”, con la siempre presente promesa de usar el oficio “bien, fiel y diligentemente“.
Tenía carácter de propiedad privada, por lo tanto el sujeto podía ejercer la profesión hasta perecer y dejarlo en herencia, aunque también podía venderlo o simplemente renunciar.
Desaparición del oficio de Procurador
Gabriel Flórez Osorio fue el primer y único Procurador General del adelantamiento desde 1640 hasta seis años después, tras los cuales se decide por orden real abolir este cargo con fecha 17 de abril de 1646. La profesora de historia Mª Isabel Viforcos cree que la desaparición de este oficio podría deberse a dos motivos, el primero por repulsa popular, las gentes no vieron con buenos ojos este nuevo aumento de oficios que se creaban en la corona castellana.
El segundo motivo serían los apuros económicos que sufría Felipe IV durante su mandato.
La última noticia sobre este cargo fue una nota sobre el reparto del coste de su extinción que escribió Lucas de Lamadrid, escribano del adelantamiento.
Defensor del Reino de León
Pasaron algunos años desde la supresión del susodicho título de “procurador general del adelantamiento” y las gentes de la capital leonesa suplican al monarca:
“Por haverse consumido el dicho oficio se han experimentado y experimentan muchos Ynconvenientes por las extorsiones que reciven los pobres”
Los leoneses piden que se haga merced de este oficio con título “Defensor del Reino” y dejan claro su deseo que fuese un cargo local.
Tras el pago de 1.250 ducados a las cuentas del estado por las concesiones reales, el 15 de diciembre de 1659 el monarca Felipe IV “el grande” crea en Madrid un nuevo oficio destinado a la ciudad de León:
“procurador general del dicho adelantamiento, con nombre y título de Defensor del reyno“
Felipe IV dejaría por escrito en su concesión real:
“que dependía en adelante de la justicia y Regimiento de la ciudad de León, a la que se le había otorgado el cargo perpetuamente y para siempre xamás”
Se especificó que el puesto sólo debía recaer en un regidor, el cual antes de ser admitido debía abonar los derechos a la Contaduría Mayor.
Competencias
El “defensor del Reino de León” adoptó las competencias de su antecesor el “procurador general del adelantamiento”, y se adaptaron a la capital leonesa con algunas novedades.
Podía apelar todo lo que se hiciese contra las leyes del reino, supervisar las comisiones destinadas a alguaciles y otros receptores, encargarse de las denuncias del promotor fiscal en pro de la defensa de los pobres y el adelantamiento.
Derechos
Aquí sí hubo algunos cambios respecto al oficio de procurador general, se suprimió su derecho a nombrar alguaciles ni a cobrar los 4 reales que recaudaba Don Gabriel Flórez entre villas y lugares, sin embargo se le permitió acudir a los plenos con gorra y espada, y sentarse en silla de brazos a la izquierda del Alcalde Mayor.
Deberes
Obligación de asistir a las audiencias y llevar cuentas de todas las denuncias producidas en el adelantamiento. Es probable que tuviese que presentar algún tipo de informe de sus actuaciones.
Duración
Era un cargo temporal y su duración dependía del concejo leonés, el cual tenía la potestad de nombrar y despedir con causa o sin ella cuando considerase oportuno.
Evolución y fin del título
D. Luis Quijada Mayorga fue el primer “defensor del Reino”, ejerciendo su cargo desde 1660 hasta 1669.A finales del siglo XVII, la elección y duración del cargo correspondían a la del regidor que correspondiese.
Este oficio logró asentarse en la comunidad a diferencia de su antecesor. Está documentada la presencia del defensor del reino hasta finales del XVIII, aunque probablemente sobrevivió hasta el XIX y se extinguió con la crisis del antiguo régimen (1788-1833)
Fuentes consultadas: Profesora de historia M.ª Isabel Viforcos, Resumen de las politicas ceremonias con que se gobierna la noble, leal y antigua ciudad de León (1889)