Villamejil y Las Omañas aprueban la autonomía leonesa
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Sugerencias:
La Constitución Española contempla la posibilidad de que provincias con características históricas, culturales y económicas comunes puedan constituirse en comunidad autónoma propia. Este derecho está recogido en el artículo 143.1, y establece un procedimiento claro para iniciar el proceso:
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El proceso ha superado la fase local y provincial, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 143 de la Constitución Española. Sin embargo, aún no ha entrado en el terreno nacional. El paso decisivo pendiente es la presentación formal de la iniciativa ante las Cortes Generales por parte de la Diputación de León, acompañada de la documentación que acredita el respaldo municipal y poblacional. Solo entonces podrá abrirse el debate parlamentario y activarse el procedimiento legislativo para la creación de la comunidad autónoma de León.
La última acción significativa ha sido la visita de representantes del leonesismo al ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, quien recibió favorablemente los planteamientos expuestos. Aunque no supone un avance jurídico, sí representa un gesto político relevante en el contexto institucional.
La Constitución no impide que León sea comunidad autónoma. El marco legal está definido. Lo que falta es voluntad política para activar el mecanismo que lo permita, una vez que los primeros pasos ya han sido dados.
Para ponérselo fácil, se presenta un modelo técnico de solicitud institucional totalmente válido, que podría ser utilizado por la Diputación Provincial de León para formalizar ante las Cortes Generales la iniciativa de creación de una comunidad autónoma propia para León, conforme al artículo 143 de la Constitución Española (sólo hay que rellenarlo señores políticos...). Este documento, de carácter orientativo, recoge los elementos jurídicos, administrativos y políticos necesarios para activar el procedimiento legal.
PROPUESTA DE INICIATIVA AUTONÓMICA PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LEÓN
De conformidad con lo establecido en el artículo 143 de la Constitución Española, la Diputación Provincial de León presenta la siguiente iniciativa para la constitución de una comunidad autónoma propia denominada León.
I. FUNDAMENTO JURÍDICO
La presente iniciativa se ampara en el artículo 143.1 de la Constitución Española, que establece:
Asimismo, el artículo 143.2 dispone:
II. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS CONSTITUCIONALES
1. Acuerdo de la Diputación Provincial de León
• En sesión plenaria celebrada el [fecha], la Diputación de León aprobó por mayoría la moción que solicita la constitución de una comunidad autónoma propia para León.
2. Adhesión municipal
• A fecha de presentación, más del 50% de los municipios de la provincia de León han aprobado mociones favorables a esta iniciativa.
• Estos municipios representan más del 50% de la población provincial, conforme al censo electoral vigente.
3. Entidad regional histórica
• La provincia de León forma parte del antiguo Reino de León, reconocido como entidad histórica diferenciada en diversos textos jurídicos, académicos y patrimoniales.
III. OBJETO DE LA INICIATIVA
La presente solicitud tiene por objeto:
• Iniciar el proceso de constitución de una comunidad autónoma propia para León.
• Solicitar a las Cortes Generales la apertura del trámite legislativo correspondiente.
• Promover la redacción de un Estatuto de Autonomía que defina las competencias, instituciones y principios organizativos de la nueva comunidad.
IV. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Se acompaña la siguiente documentación:
• Copia del acuerdo plenario de la Diputación Provincial de León.
• Relación de municipios adheridos con copia de sus acuerdos plenarios.
• Certificación del Instituto Nacional de Estadística sobre la población representada.
• Informe histórico-cultural sobre la identidad regional de León.
V. SOLICITUD
Por todo lo expuesto, se solicita a las Cortes Generales:
1. La admisión a trámite de la presente iniciativa autonómica.
2. La apertura del procedimiento legislativo para la creación de la Comunidad Autónoma de León.
3. La habilitación de los mecanismos necesarios para la redacción y aprobación del correspondiente Estatuto de Autonomía.
Firmado:
Presidencia de la Diputación Provincial de León
[Nombre del presidente]
[Fecha]
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